negativa, comoquiera que consideró que no se acreditó ninguna de las irregularidades esgrimidas por la parte actora; mientras que el apelante insiste en sus pretensiones. La Sala reiteró que, “para que prosperen las pretensiones de nulidad del contrato estatal fundamentadas en la ilegalidad del acto de adjudicación, es necesario que se acrediten tanto la contravención a las normas superiores como que la propuesta de la parte actora era la mejor, por lo que si ya se probó que la referida oferta no era la más conveniente para la Administración, es evidente que no procede la declaratoria de nulidad solicitada, por falta de cumplimiento de la doble carga probatoria exigida el extremo actor en estos casos”.