La Sala modificó la decisión del a quo que declaró la nulidad de los actos por falta de competencia. El Alto Tribunal consideró que la administración en los actos administrativos de declaratoria de caducidad, no incurrió en falsa motivación y no se acreditó violación al debido proceso. En definitiva, la Resolución expedida por el Incoder, por medio de la cual declaró la caducidad del contrato no está viciada de ilegalidad.