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Consejo de Estado declaró que Tribunal Administrativo de Cundinamarca es la autoridad competente para conocer sobre una controversia que versa sobre la terminación de un contrato de concesión minera por muerte del concesionario

Escrito por  Oct 01, 2021

Se presentó demanda contra la ANM, con el fin de que se revoque un acto mediante la cual se negó la solicitud de subrogación de los derechos y obligaciones derivadas de un contrato de concesión para la exploración y explotación de un yacimiento de materiales de construcción ubicados en los municipios del Espinal y Suarez en el Tolima, y Excluir del

Registro Nacional Minero al cotitular del contrato como consecuencia de su fallecimiento. “Considera el despacho importante señalar que, una vez revisados los actos demandados, estos devienen de un contrato de concesión minera, el cual tiene una regulación especial en el Código de Minas -Ley 685 de 2001- y que consagra unas competencias en cabeza del Consejo de Estado, en única instancia, y en los Tribunales Administrativos, en primera instancia, para conocer de unos temas específicos”.

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