alegar la ilegalidad del acto previo como causal de nulidad absoluta del contrato, lo que implicaba, necesariamente, el ejercicio de la acción contractual.
Para la Sala, si bien, en principio el acto de adjudicación podía ser cuestionado a través de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, tal acción era procedente hasta antes de la celebración del contrato. Una vez suscrito este, aunque no hubieren transcurrido los 30 días señalados por la norma para la caducidad de dicha acción, el demandante solo podía
alegar la ilegalidad del acto previo como causal de nulidad absoluta del contrato, lo que implicaba, necesariamente, el ejercicio de la acción contractual.