utilizados para usar el servicio”. Así lo estableció la SSPD a través de la publicación de un concepto.
“Frente a la existencia de un contrato de servicios públicos domiciliarios vigente sobre un inmueble, si este es enajenado, se entenderá que con la venta del inmueble se produce la cesión de los contratos de servicios públicos, cesión que opera de pleno derecho, y que incluye adicionalmente la propiedad de los bienes inmuebles por adhesión o destinación
utilizados para usar el servicio”. Así lo estableció la SSPD a través de la publicación de un concepto.