que con corte al 30 de noviembre de 2020 hayan sido radicados y no cuenten con resultado del proceso de auditoría integral.
El giro previo también aplicará para los valores recobrados que registren giros previos anteriores, una vez verificada la legalización de ellos. Los recursos que resulten aprobados por este mecanismo serán girados directamente por la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES) a los prestadores y proveedores que las entidades recobrantes determinen en los formatos establecidos para tal fin.