Quedaría establecido que el curso de formación de conductores será impartido por un instructor en conducción de la Secretaría de Movilidad de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, cumpliendo con las horas teóricas, de taller y de práctica de acuerdo a los contenidos establecidos en el artículo 2.3.1.1.6 del Decreto 1079 del 2015 así como en la Resolución 3245 de 2009,
o la norma que la modifique, adicione o sustituya y deberá contar con una póliza de responsabilidad civil extracontractual -RCE-, en cuantía no inferior a sesenta (60) salarios mínimos legales vigentes, a nombre de la Secretaria de Movilidad del Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina.
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