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CREG: toda persona que preste servicios públicos domiciliarios debe recibir los permisos requeridos para el desarrollo de cada actividad

Escrito por  Sep 14, 2021

A través del concepto la CREG reiteró que la Ley 142 de 1994, en sus artículos 22, 25 y 26, estableció en el régimen de los servicios públicos domiciliarios, incluido el de la actividad de generación de energía eléctrica, que quienes presten servicios públicos deben obtener de las autoridades competentes; las concesiones, licencias y permisos municipales para el desarrollo de su actividad.

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