La Sala considera que en el presente caso la infracción se centra en los vertimientos realizados de residuos líquidos industriales a una red de aguas lluvias que tenía como destino final el Humedal Capellanía, aunque la parte demandante no realizaba directamente la descarga a tal Humedal, vertía residuos líquidos industriales al pozo que estaba conectado con ese cuerpo de agua,
lo cual afectó al ecosistema.
Para el Consejo de Estado es legal la sanción de $198.445.000.oo, que el Distrito le impuso a la Industria Nacional de Gaseosas S. A., por los vertimientos de residuos con la capacidad de contaminar las aguas del humedal.
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