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MinTransporte: consideraciones para la inspección técnica para el transporte de petroquímicos, asfaltos, hidrocarburos y sus derivados a granel, en embarcaciones fluviales

Escrito por  Oct 13, 2020

A través de la publicación de una circular, el MinTransporte informa que, los Botes tanque, embarcaciones autopropulsadas o artefactos fluviales en condición de doble casco, destinadas al transporte de petroquímicos, asfaltos, hidrocarburos y sus derivados a granel, tienen dos opciones para obtener la inspección técnica: la expedida por la inspección fluvial o por quien esta delegue y

mediante una Certificación de Clase expedida por las casas clasificadoras reconocidas nacional e internacionalmente, las cuales serán aceptadas para el trámite de expedición y renovación de la patente de navegación.

Para adelantar el trámite de expedición y renovación de la patente de navegación bajo la segunda opción antes referida, el armador o propietario de la embarcación, además de los requisitos exigidos, debe presentar ante la inspección fluvial el certificado de clase expedido por la casa clasificadora asociada a la Asociación Internacional de Sociedades de Clasificación (IACS) o la resolución emitida por la Dirección General Marítima – DIMAR, por la cual delega en la Sociedad de Clasificación las funciones para desempeñarse como Organización Reconocida. La inspección fluvial adelantará el trámite de expedición de la Inspección Técnica y Patente de navegación en el Registro Nacional Fluvial – RNF y dejará nota sobre los certificados de clase en las observaciones.

Descargar documento

 

Modificado por última vez en Martes, 13 Octubre 2020 10:26