“El ingreso al productor del combustible fósil previsto en la estructura de precios de la gasolina motor corriente, en $4.608,92 M/Cte, por galón”. El ingreso al productor fijado en esta resolución para la gasolina motor corriente aplicará en todas las zonas del país, sin importar el nivel de mezclas con alcohol carburante fijado para cada una de ellas.