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Texto de la Ley que incluyó un parágrafo en la Ley tributaria de 1998, sobre la destinación de los recursos del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina

Escrito por  Ago 06, 2021

A través de la Ley 2118-2021,  se adicionó el siguiente parágrafo nuevo al artículo 130 de la Ley 488 de 1998: “Los recursos del Fondo de Subsidio de la Sobretasa a la Gasolina se destinarán para financiar proyectos de infraestructura multimodal de transporte como construcción, mejoramiento, rehabilitación y mantenimiento de la red vial, caminera y fluvial. Asimismo, se podrán destinar

para financiar proyectos de transporte público de personas y de carga mediante sistemas inteligentes de movilidad en los modos carretero, marítimo y fluvial y del servicio de transporte escolar en zonas de difícil acceso”.

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Modificado por última vez en Viernes, 06 Agosto 2021 09:00