Las licencias urbanísticas solo se pueden otorgar sobre suelo urbano y, para el suelo de expansión, se requiere de la adopción de plan parcial. A demás para la incorporación del suelo de expansión al perímetro urbano, se debe contar con la adopción del Plan Parcial, no siendo necesario contar con la culminación de la ejecución de las obras y dotaciones a cargo del urbanizador.