A través del acto administrativo se dispone que, el precio máximo regulado de suministro del GLP producido en la PTF Capachos para el suministro de Comercializadores Mayoristas a Distribuidores, será determinado aplicando lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución CREG 066 de 2007, mientras a la comercialización del mismo le aplique lo dispuesto en el artículo 1 de la Resolución CREG 123 de 2010.