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Miércoles, 29 Abril 2026

Edición 1633 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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El presente proyecto busca avanzar en la garantía del derecho a la salud de la población colombiana ajustando la normatividad interna sobre calidad del aire en lo relativo al material particulado, el ozono, el dióxido de nitrógeno y el dióxido de azufre a los estándares mínimos propuestos por la Organización Mundial de la Salud (OMS).

“El Gobierno Nacional por medio del Ministerio de Educación Nacional establecerá en un periodo no mayor a seis (6) meses contados a partir de la promulgación de la presente Ley; un programa de condonación del 100% de los intereses a los estudiantes con los mejores promedios académicos de pregrado en Instituciones de educación superior que sean beneficiarios de un crédito educativo con el ICETEX.” Así lo establece el Proyecto de Ley presentado ante el Senado.

La iniciativa busca crear la política pública de Matrícula Cero como un beneficio permanente a favor de los estudiantes en condición de pobreza, pobreza extrema o vulnerabilidad de los programas de pregrado de las Instituciones de Educación Superior Públicas correspondiente al subsidio del 100% de la matrícula universitaria.

El proyecto establece que “El servicio de Auxiliar jurídico ad honórem, que sirve como judicatura voluntaria para optar por el título de abogado, se podrá prestar igualmente en el Congreso de la República, en las mismas condiciones a que se refiere la presente ley, como apoyo jurídico en alguna de las siguientes dependencias: En las Comisiones Constitucionales Permanentes de cada una de las dos Cámaras”

A través de la presente circular, la Superfinanciera informó sobre el Índice de Bursatilidad Accionaria para cada una de las acciones que se negocian en bolsa, calculado con base en la frecuencia promedio de transacción por mes y volumen promedio de transacción por operación, durante el período comprendido entre el 1 de abril de 2021 y el 31 de julio de 2021. Puede conocer los detalles consultando el documento publicado por la entidad.

A través de una circular la SSPD informó a las personas prestadoras de las actividades de recolección y transporte de residuos sólidos no aprovechables y de aprovechamiento los procesos para el cálculo de los promedios de las toneladas efectivamente aprovechadas, los recursos recaudados por concepto del cobro de la actividad de aprovechamiento vía tarifa y otros aspectos en el marco del comité de conciliación de cuentas.

A través del documento publicado por la SSPD, se realizó un análisis de variables y se calcularon los indicadores de los mercados de energía y gas durante el periodo comprendido entre el 1° de marzo y el 31 de mayo de 2021. Conozca los detalles descargando el documento publicado por la entidad.

“Se estudió la legalidad de los actos administrativos por los cuales la Seccional Pereira de la DIAN modificó los renglones “Ingresos brutos por operaciones gravadas” e “Ingresos brutos ventas a zonas francas”, de la declaración del IVA que cierto contribuyente presentó por el II bimestre del 2015, con el argumento de que no correspondían a ventas hacia zona franca, sino a la

 “En cuanto a la imposibilidad de aplicar el artículo 236 de la Ley 685 de 2001 que modificó el inciso segundo del artículo 91 de la Ley 223 de 1995 (hoy artículo 143 del Estatuto Tributario), debido a que proviene del Código de Minas, por lo que no puede aplicarse a la exploración de hidrocarburos y, en consecuencia, la norma aplicable al caso es el inciso primero del artículo 91 de la Ley 223

A través del acto administrativo, se reglamentó el cupo de exportación agregado para harina de trigo, grañones y sémola de trigo otorgado por México a bienes originarios de Colombia de 25.937 correspondiente al décimo primer año de acuerdo con las subpartidas arancelarias y las especificaciones de la parte resolutiva del documento publicado por la entidad.