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Sábado, 04 Mayo 2024

Edición 1159 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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El presente proyecto establece que los organismos públicos y entidades públicas de orden nacional y territorial de todas las ramas del poder público, podrán contratar un máximo de 20% de prestadores de servicios profesionales y/o apoyo a la gestión con respecto al total de los cargos definidos en la planta global de la entidad.

El proyecto busca establecer los requisitos necesarios para la utilización por parte del Estado de la aspersión aérea de sustancias toxicas o probablemente tóxicas, en el marco de la lucha contra los cultivos de uso ilícito, con el fin de combatir el narcotráfico y preservar la vida, la salud y el ambiente de todos los habitantes del territorio nacional.

El presente proyecto busca modificar el artículo 35 de la Constitución Política de Colombia, con el siguiente texto: “La extradición se podrá solicitar, conceder u ofrecer de acuerdo con los tratados públicos y, en su defecto, con la ley. Además, la extradición de los colombianos por nacimiento se concederá por delitos cometidos en el exterior, considerados como tales en la

El proyecto que será estudiado por el Congreso, pretende derogar la JEP, “ante los incumplimientos que ha presentado en su funcionamiento, en atención al alto costo del mismo que afecta las finanzas del estado, pudiendo redirigir esos recursos a la población colombiana.” Puede conocer los detalles consultando el texto original del proyecto de acto presentado ante el Congreso.

A través del proyecto de Ley, quedaría establecido que, “hasta el 31 de diciembre de 2021, previa verificación de la Superintendencia Financiera de Colombia del cumplimiento de los requisitos para la administración y gestión de los sistemas integrales de gestión de riesgos, la Financiera de Desarrollo Territorial S.A., - Findeter – podrá́ otorgar créditos directos asumirá operaciones de

La presente ley tiene como objeto la adopción de normas destinadas a complementar el marco normativo de garantías en favor del consumidor electrónico. Lo anterior, sin perjuicio de los derechos reconocidos en la Ley 1480 de 2011 o la normatividad que haga sus veces.