El proyecto pretende tiene garantizar el cometido constitucional de conservar el poder adquisitivo de las mesadas pensionales que reciben las personas en esta condición, en el entendido de que es insuficiente el reajuste actual basado en la variación porcentual del Índice de Precios al Consumidor pues este se aplica a una proporción del salario ostensiblemente menor que el devengado por el trabajador previo al reconocimiento pensional.