Acceso   

Ingrese a su cuenta

Usuario *
Clave *
Recordarme
Sábado, 18 Mayo 2024

Edición 1165 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

×

Advertencia

JUser: :_load: No se ha podido cargar al usuario con 'ID': 45

El artículo 125 de la ley 142 de 1994 exige que el reajuste de las tarifas de los servicios públicos domiciliarios debe ser publicado por los prestadores, “en un periódico que circule en los municipios en donde se presta el servicio, o en uno de circulación nacional”. No obstante, ni

En relación con las variaciones (incrementos o disminuciones) en las tarifas de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado, le indicamos que estas pueden obedecer a diferentes circunstancias entre las que se encuentran: Por un lado, están las variaciones producto de la

Acuatodos S.A. E.S.P., parte recurrente, muestra su inconformidad frente a las razones que llevaron al Tribunal de Arbitramento a desestimar la pretensión de liquidación de un contrato de interventoría; tanto así que cuestionó la motivación jurídica y probatoria que realizaron

Mediante el presente concepto, se abordan, de manera general, los siguientes puntos que buscan orientar la consulta realizada: I) funciones que ejerce la Superservicios respecto de los prestadores de estos servicios, II) objeto que pueden tener las empresas de servicios públicos

“En relación con la base gravable de cada sujeto para el cálculo de la contribución, es preciso indicar que como lo señala la norma, se determinará con base en los costos y gastos totales devengados de acuerdo con la técnica contable menos los impuestos, tasas, contribuciones y