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Viernes, 17 Mayo 2024

Edición 1164 Bogotá, D.C.

ISSN 2711-1636

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La presente resolución tiene por objeto definir y caracterizar el Usuario No Regulado del servicio público domiciliario de gas natural por redes. Son aplicables a todos los participantes de la cadena de actividades requeridas para la prestación del servicio público de gas combustible, de conformidad con la Ley 142 de 1993 y las disposiciones que la reglamentan.

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“El presente boletín expone el análisis de los mercados de energía y gas para el periodo diciembre de 2021 – febrero de 2022; el cual se divide en cuatro partes, así: I) Análisis del mercado de gas, II) Análisis del mercado de energía eléctrica, III) Análisis de contratación de gas por sectores y IV) Análisis especial de los precios de bolsa observados en el trimestre.

Este se encuentra disponible a través del siguiente enlace: Declaración de producción de GLP 2022-2026, certificada por los Productores, Agentes Importadores y Agentes Exportadores de GLP, analizada, ajustada y consolidada por la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, para el periodo 2022 – 2026.