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Concepto de MinTransporte relativo a la posibilidad de trasladar la capacidad transportadora de una empresa a otra, sin necesidad de aumentar la capacidad global

Escrito por  Jul 07, 2021

El concepto indica que las empresas de transporte público terrestre automotor especial deberán acreditar, como mínimo, su propiedad sobre el 10% del total de los vehículos que conforman su capacidad operacional; a su vez, las empresas no podrán solicitar el incremento de la capacidad transportadora hasta tanto acrediten que son propietarias del 10% del total de los vehículos que conforman su capacidad operacional.

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