jurídicas que realicen actividades de explotación de recursos naturales no renovables en su jurisdicción que hayan obtenido ingresos brutos superiores a 33.610 Unidades de Valor Tributario (UVT) durante la vigencia fiscal anterior”.
“Lo dispuesto en esta resolución aplica para la formulación y presentación, viabilidad y registro, priorización y aprobación, ejecución de obras de infraestructura o proyectos de inversión, en adelante proyectos de inversión, acordados directamente como modalidad de pago de las regalías entre las entidades territoriales beneficiarias de asignaciones directas y las personas
jurídicas que realicen actividades de explotación de recursos naturales no renovables en su jurisdicción que hayan obtenido ingresos brutos superiores a 33.610 Unidades de Valor Tributario (UVT) durante la vigencia fiscal anterior”.