física y financiera de aquellas. Además, las entidades estatales deberán garantizar la actualización permanente del registro en los términos y condiciones que disponga la Contraloría General de la República. En conclusión, la sola inclusión en el Registro Nacional de Obras Civiles Inconclusas no puede entenderse suficiente para descontar el punto de la sumatoria obtenida de los factores de calidad. En otras palabras, la anotación en el registro no genera automáticamente el descuento del punto, por cuanto la entidad está en la obligación de consultar y analizar la anotación. Esto aplica tanto en los procesos de selección objetiva para contratistas de obra como para interventores