traslados y reporte de novedades que se realicen directamente ante estas, en los términos establecidos en el anexo técnico de la presente resolución”
A través del proyecto de norma se modifica el artículo 4° de la Resolución 351 de 2021 quedando: “Las administradoras del Sistema General de Pensiones, una vez realizada la incorporación de la información de que trata el artículo 3 de la presente resolución, deberán reportar al Sistema de Afiliación Transaccional - SAT, a través de servicios web, la información de las afiliaciones,
traslados y reporte de novedades que se realicen directamente ante estas, en los términos establecidos en el anexo técnico de la presente resolución”