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SSPD: entes territoriales que asuman costos de servicios públicos deben llevar contabilidad separada

Escrito por  Sep 30, 2020

Los entes territoriales que presten los servicios públicos domiciliarios (de manera directa) tienen la obligación de llevar contabilidades separadas, en las que se permita distinguir entre los ingresos y gastos por la prestación de los servicios públicos domiciliarios y los dineros recibidos por conceptos de rentas tributarias o no tributarias. Por lo anterior, no se debe confundir la calidad que ostenta el municipio como autoridad política, con la calidad de prestador directo de un servicio público domiciliario.

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