por adjudicación de una sociedad en reorganización, son terminados por ministerio de la ley, sin desmedro del derecho a las indemnizaciones a favor de los trabajadores.
En el concepto 220-057779-2021 quedó indicado que los contratos de trabajo que se encuentren vigentes al momento de decretarse la apertura del proceso de liquidación
por adjudicación de una sociedad en reorganización, son terminados por ministerio de la ley, sin desmedro del derecho a las indemnizaciones a favor de los trabajadores.