A través de la Circular_100-000006-2021, la SuperSociedades Sociedades impartió instrucciones sobre el reporte que deben rendir las empresas unipersonales que sean operadoras de libranzas o descuento directo, sociedades comerciales, empresas unipersonales y sucursales de sociedades extranjeras que
comercialicen sus productos o servicios en red o a través del mercadeo multinivel, sociedades Administradoras de Planes de Autofinanciamiento Comercial - SAPAC, y factores constituidos como sociedades comerciales cuya actividad incluya el factoring o la venta de cartera al descuento.
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