El ministerio de Minas modificó el numeral 1.9. al numeral 1 (Estructura Organizacional) del Titulo II (Operatividad) del Manual Operativo del FENOGE estableciendo que corresponden a iniciativas encaminadas a facilitar, mejorar, incentivar, promocionar, promover y/o desarrollar la utilización, masificación, desarrollo e integración en el país de las FNCE.
Especialmente las de carácter renovable, así como de la GEE, y que permitan el desarrollo económico sostenible, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la seguridad del abastecimiento energético, y/o el cumplimiento de los objetivos del FENOGE.
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