Para el análisis de potenciales operaciones sobre la provisión directa de financiamiento a empresas privadas, públicas o mixtas que desarrollen actividades de interés nacional, así como inversiones en instrumentos de capital o deuda emitidos por dichas empresas, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público podrá contratar los servicios de asesores expertos en temas legales, financieros y de otra índole, que sean necesarios para la determinación de las condiciones en las cuáles se realizarían dichas operaciones.
Las obligaciones de pago de los honorarios y gastos relacionados de los asesores requeridos para la realización de estos procesos de debida diligencia, podrán pactarse con las empresas privadas, públicas o mixtas que puedan ser sujetas de dichos mecanismos de financiamiento. o en las cuáles de plantee la posibilidad de invertir en instrumentos de capital o deuda. según cada caso.
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