También se aprueba la sustracción temporal de 0,36 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Productora de la Cuenca Alta del Río Bogotá, por el plazo de doce (12) meses, para el desarrollo de dicho proyecto y se niega la sustracción temporal de 0,39 hectáreas de la Reserva Forestal Protectora Productora de la Cuenca Alta del Río Bogotá, para la implementación de brechas del tendido de cables de trasmisión. Otras consideraciones las pude conocer consultando el documento emitido por la entidad.