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Consejo de Estado avocará el conocimiento de acto MinMinas que ordenó la suspensión del plazo para liquidar contratos por el COVID-19

Escrito por  Jun 23, 2020

   El Consejo de Estado Avocará el conocimiento, en única instancia, del control inmediato de legalidad de la Resolución 410576 del 3 de abril de 2020, por medio de la cual el Subdirector Administrativo y Financiero del Ministerio de Minas y Energía ordenó “la suspensión del plazo para liquidar los contratos suscritos por el Ministerio de Minas y Energía, de conformidad con el Decreto 491 de 2020”.

La Sala ordena Ordenar a la Secretaría General de la Corporación que, por el término de 10 días, publique aviso en el sitio web del Consejo de Estado y a través de los medios virtuales disponibles, en el que se informe a la comunidad sobre la existencia del presente proceso. En ese plazo podrá intervenir la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y el Subdirector Administrativo y Financiero del Ministerio de Minas y Energía. En el mismo término, cualquier ciudadano podrá impugnar o coadyuvar la legalidad del acto objeto de control.

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