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Consejo de Estado Avocará conocimiento de acto de la CRC que suspende términos en las actuaciones administrativas sancionatorias de carácter particular

Escrito por  Jun 19, 2020

Consejo de Estado avocará conocimiento, en única instancia, del medio de control inmediato de legalidad consagrado en el artículo 136 del CPACA respecto de la Resolución 5958 del 3 de abril de 2020, proferida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones, «Por la cual se decreta la suspensión de términos en las actuaciones administrativas sancionatorias de carácter particular tramitadas ante la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la Comisión de Regulación de Comunicaciones».

El despacho observa que la Resolución 5958 del 3 de abril de 2020, proferida por la Comisión de Regulación de Comunicaciones, se enmarca dentro de las medidas de carácter general en ejercicio de la función administrativa que son dictadas en el marco del estado de excepción y por ello debe ser enjuiciada por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativa a través del control inmediato de legalidad de que tratan los artículos 20 de la Ley 137 de 1994 y el 136 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

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