Las medidas transitorias del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación para restringir el acceso del público a sus instalaciones durante el aislamiento social que se impuso en Bogotá como medida de contención contra el coronavirus no serán objeto de control automático de legalidad por parte del Consejo de Estado.
Lo anterior, porque la directriz no se encuentra fundada en uno de los decretos legislativos que desarrollen el estado de emergencia social, económica decretado por el Gobierno Nacional, sino que fue decretado en cumplimiento de una medida que impuso el Distrito Capital.