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ANT: consideraciones para el fraccionamiento de un predio por extensiones inferiores a la UAF

Escrito por  Jun 30, 2020

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 451 de la ley 160 de 1994, para autorizar el fraccionamiento de un predio por extensiones inferiores a la UAF para cada zona relativamente homogénea, deberá configurarse alguna de las siguientes causales: Las donaciones que el propietario de un predio de mayor extensión haga con destino a habitaciones campesinas y pequeñas explotaciones anexas.

Los actos o contratos por virtud de los cuales se constituyen propiedades de superficie menor a la señalada para un fin principal distinto a la explotación agrícola; Los que constituyan propiedades que por sus condiciones especiales sea el caso de considerar, a pesar de su reducida extensión, como "Unidades Agrícolas Familiares", conforme a la definición contenida en esta Ley; Las sentencias que declaren la prescripción adquisitiva de dominio por virtud de una posesión iniciada antes del 29 de diciembre de 1961, y las que reconozcan otro derecho igualmente nacido con anterioridad a dicha fecha.

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