El MinMinas, con el fin de garantizar la distribución de combustibles líquidos, específicamente de alcohol carburante en las plantas de abastecimiento mayoristas ubicadas en los municipios de departamentos de Atlántico, Bolívar y Cesar, establece los valores máximos a ser reconocidos en la estructura de precios de venta de la gasolina motor oxigenada, por concepto de transporte terrestre del alcohol carburante, denominados en pesos colombianos por galón de acuerdo con la tabla descriptiva que hace parte integral del documento publicado por la entidad.