Por otra parte, el universo de sujetos pasivos de la facultad sancionatoria de la Superservicios, se conforma por todas aquellas personas organizadas en la forma de un prestador de servicios públicos conforme con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 142 de 1994, así como por aquellas que, sin estar organizadas en tales formas, materialmente los presten.