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SSPD: cargos a cobrar en suspensión de contratos por muto acuerdo

Escrito por  Ene 25, 2021

“Durante el término de la suspensión por mutuo acuerdo de un contrato de servicios públicos, no será posible cobrar cargos fijos ni cargos por unidad de consumo, en tanto estos devienen de la ejecución de un contrato que se encuentra en suspenso. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de facturar durante dicho tiempo, valores causados con anterioridad al acuerdo que motiva la suspensión” así lo estableció la SSPD a través de la publicación de un concepto.

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