La DIAN absolvió una consulta sobre el Impuesto Nacional a Productos Plásticos de un Solo Uso en la Importación (IPUSUI) para empaques. La Entidad explicó que la Corte Constitucional expandió significativamente su alcance, eliminando la restricción previa de "consumo propio". En consecuencia, desde el 25 de julio de 2025, el IPUSUI se aplica no solo a la importación de plásticos para envasar, empacar o embalar destinados al uso personal, sino también a aquellos con fines de comercialización y a los que ingresan al país como parte del embalaje de productos terminados. La causación del impuesto es instantánea al momento de la importación, con plazos de declaración y pago diferenciados para el año 2025, incluyendo vencimientos en febrero y normativas especiales para la segunda mitad del año. Es relevante destacar que este impuesto puede no aplicarse si se presenta una Certificación de Economía Circular, fomentando prácticas sostenibles.