Las entidades estatales deben aplicar obligatoriamente los Documentos Tipo en contratación pública, estandarizando la experiencia requerida según la "Matriz 1". Para bienes o servicios adicionales a la obra principal, se puede solicitar experiencia complementaria, pero solo si no está cubierta por documentos tipo existentes y se justifica su necesidad para asegurar la idoneidad. Es fundamental demostrar en los estudios previos que la exigencia no restringe la participación de oferentes, absteniéndose de pedir volúmenes específicos. La clasificación de esta experiencia debe emplear los códigos UNSPSC hasta el tercer nivel y estar directamente relacionada con el objeto a contratar.