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Consejo de Estado limita la facultad de la SSPD para ampliar la base gravable de la contribución especial y anula parcialmente el acto que la fijó para 2023

Escrito por  Jul 23, 2026

El Consejo de Estado anuló parcialmente el artículo 2º de una resolución de agosto de 2023 expedida por la SSPD, que fijaba la base gravable de la contribución especial para 2023. La Sala consideró que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios desbordó su competencia legal, vulnerando el principio de legalidad tributaria, al incluir en la base gravable de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, rubros operativos como "Beneficios a empleados", "generales", "total de bienes y servicios públicos para la venta", "productos químicos", "energía", "órdenes y contratos de mantenimiento y reparaciones", y "materiales y otros gastos". El Consejo reiteró que la facultad excepcional de ampliar la base gravable por faltante presupuestal es restrictiva y solo permite incluir gastos de naturaleza estrictamente similar a los autorizados por el legislador y directamente relacionados con el servicio, no concediendo a la entidad una potestad ilimitada para definir tales conceptos.

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Modificado por última vez en Miércoles, 22 Julio 2026 11:22