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CREG precisa cómo deben cobrarse los cargos de distribución a usuarios embebidos cuando cambia el nivel de tensión de la frontera principal

Escrito por  Jul 17, 2026

La consulta abordó el escenario de si un usuario principal no regulado, al cambiar su conexión de nivel de tensión 2 a 3, puede cobrar a usuarios embebidos la diferencia en cargos de distribución, pese a seguir usando activos de nivel 2. La CREG responde que el comercializador debe facturar a los usuarios embebidos según el nivel de tensión de la frontera principal (ahora nivel 3), aplicando factores de pérdidas, sin cobros intermedios. El cobro por uso de activos de conexión del usuario principal a los embebidos debe establecerse mediante un contrato de mutuo acuerdo, independiente de los cargos de distribución, y sus condiciones pueden ajustarse por acuerdo entre las partes.

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Modificado por última vez en Jueves, 16 Julio 2026 18:54