La Entidad precisó que la asamblea general de accionistas de una empresa de servicios públicos puede remover al gerente cuando así lo dispongan los estatutos y el régimen societario aplicable. Indicó que esta facultad debe ejercerse conforme a las reglas de gobierno corporativo, garantizando el debido proceso y respetando las competencias de la junta directiva cuando corresponda. La entidad recordó que su función es de inspección, vigilancia y control, sin intervenir en decisiones internas salvo que se vulneren normas legales.