La DIAN explicó que los productos plásticos de un solo uso destinados a propósitos médicos y farmacéuticos en el ámbito veterinario también están excluidos del impuesto nacional sobre plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes. La exclusión aplicará siempre que su uso o destinación responda a exigencias de asepsia, higiene, conservación o protección médica, y que no existan materiales alternativos para sustituirlos, según lo establecido en las Leyes 2232 y 2277 de 2022.