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MinMinas: se extiende la medida de diferimiento de pago de los servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible por redes

Escrito por  Jul 28, 2020

A través del acto administrativo el MinMinas decide que las empresas comercializadoras de servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica y gas combustible por redes, deberán diferir por un plazo de treinta y seis (36) meses el costo del consumo básico o de subsistencia que no sea subsidiado a usuarios residenciales de estratos 1 y 2, para los consumos correspondientes al siguiente ciclo de facturación previsto en el Decreto Legislativo 798 de 2020.

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