La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD) indica que los costos de tratamiento de aguas residuales deben cobrarse a todos los usuarios dentro del Área de Prestación del Servicio (APS), estén o no conectados directamente a la infraestructura de tratamiento. "En este sentido, tal y como están establecidas las fórmulas de las metodologías tarifaria expedidas por la CRA, no es posible incluir el costo de operar una Planta de Tratamiento de Agua Residual-PTAR solamente a aquellos usuarios que se encuentren conectados a esta infraestructura, sino que debe ser remunerado en la estructura tarifaria calculada para la totalidad del APS atendida y que haya sido definida por parte del prestador."