El ministerio de Ambiente precisó que las podas de mantenimiento de líneas eléctricas en zonas rurales no requieren permiso, pues la normativa forestal solo exige autorización para intervenciones en árboles ubicados en centros urbanos que generen riesgos. Advirtió que, si por la poda un individuo muere o se afecta, puede iniciarse un proceso sancionatorio ambiental. Recordó que la Ley 142 faculta a las empresas de servicios públicos a ocupar predios y remover obstáculos para garantizar la continuidad del servicio. También citó normas del Código de Seguridad y Convivencia sobre el acceso para mantenimiento de servidumbres. Finalmente, remitió los lineamientos y normas aplicables.