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Texto de la Ley que limita el contenido de plomo en productos comercializados en el país para garantizar el derecho a la formación física e intelectual

Escrito por  Jul 29, 2020

A través del acto administrativo se garantiza el desarrollo físico, intelectual, y en general la salud de las personas, en especial la de los niños y niñas residentes en el territorio nacional, en un ambiente libre de plomo (Pb) mediante la fijación de lineamientos generales que conlleven a prevenir la contaminación, intoxicación y enfermedades derivadas de la exposición al metal.

El Gobierno Nacional a través de la Comisión Técnica Nacional Intersectorial para la Salud Ambiental (CONASA), o de la entidad que la sustituya, modifique o complemente, formularán los lineamientos y las políticas para el desarrollo de estrategias, acciones, campañas, actividades de educación, pautas de divulgación, capacitación, sensibilización, concientización, orientadas a la reducción y eliminación del plomo, así como las prevenciones relativas a los contenidos de esta ley. La ejecución de los lineamientos y políticas estarán bajo la responsabilidad de los gobiernos, departamentales, distritales o municipales.

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