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INVIAS: alcance del protocolo de bioseguridad establecido para obras de infraestructura de transporte que continúen durante emergencia sanitaria

Escrito por  Jul 30, 2020

En el marco de las medidas de prevención contra la pandemia denominada Coronavirus COVID-19, se da un alcance al Protocolo General de Bioseguridad emitido por la Entidad el 24 de marzo de 2020, el cual tuvo por objeto orientar sobre las medidas preventivas y de mitigación tendientes a contener la infección respiratoria aguda por COVID-19 en proyectos de infraestructura

de transporte que continúen su ejecución durante la emergencia sanitaria. Es necesario conocer los impactos de la implementación del Protocolo de Bioseguridad por el COVID-19 en el desarrollo de los proyectos reactivados, por tal razón, como obligación adicional para todos los supervisores de contratos celebrados con el Instituto Nacional de Vías (INVIAS) en los que se esté implementando el Protocolo en mención, se exige lo siguiente: remitir un informe que incorpore la evaluación del estado del proceso de implementación de los protocolos dentro de cada uno de los contratos, que contenga a su vez un reporte sobre el reconocimiento de costos pagados por su implementación (valores reconocidos según lo establecido en la Circular Externa No. 003 del 07 de mayo de 2020, la Especificación Particular 102.1P y el Listado de Precios de Referencia para el reconocimiento de la implementación del protocolo de bioseguridad, valores reconocidos por ítems nuevos con su respectiva justificación, proceso de aprobación, y demás documentación que lo soporte), el anterior informe debe incluir una evaluación de tiempos, indicar qué medidas adicionales están pendientes por evaluar y un análisis de impactos de la implementación, el mencionado informe se debe rendir a más tardar el 15 de agosto del presente año a los Subdirectores y/o Directores de la Dependencia del INVIAS que tenga a su cargo el proyecto y debe comprender un reporte de los meses de abril, mayo y junio de 2020.

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