El Consejo de Estado negó la demanda de repetición interpuesta por la Corporación Autónoma Regional de Risaralda (CARDER) contra exdirector de la entidad, por no acreditar la culpa grave imputada. La multa impuesta a ACUASEO fue anulada judicialmente, ordenando la devolución del dinero pagado con actualización y el pago de costas procesales, pago que CARDER efectuó. La entidad demandó el pago de la diferencia entre la multa original y el valor devuelto actualizado, más las costas procesales. Sin embargo, el Consejo concluyó que no se demostró la existencia de culpa grave ni se aportó el acta del comité que autorizara la acción. Además, el procedimiento sancionatorio fue ajustado a derecho, por lo que no se encontró responsabilidad del exdirector para soportar la acción de repetición. Por ello, se negó la pretensión demandada y se condenó en costas a la CARDER.