Las empresas de servicios públicos pueden ejercer acciones penales ante defraudación de fluidos para recuperar el servicio de forma legal. La caducidad está vinculada a plazos extintivos definidos para intentar la acción judicial y debe ser declarada de oficio por el juez, mientras que la prescripción requiere alegación de parte y puede suspenderse o renunciarse. La aplicación de estos términos depende de las particularidades de cada caso y los procedimientos adelantados por el prestador. En ausencia de contrato de condiciones uniformes, la recuperación se basa en promedios de consumo. El prestador debe aplicar la normatividad vigente y coordinar gestión comercial y asesoría jurídica para garantizar el debido proceso y seguridad jurídica.