Para declarar solidariamente responsables al promotor y al administrador que, por dolo o culpa grave, excluyan un crédito reconocido en un proceso de insolvencia, se debe seguir un procedimiento específico. En primer lugar, el acreedor afectado tiene derecho a perseguir civilmente a los administradores, contadores públicos y revisores fiscales responsables en cualquier momento. Esta acción puede ejercerse si se demuestra que las acreencias no fueron incluidas intencionadamente en el proyecto de reconocimiento y graduación de créditos, afectando así los derechos del acreedor.
El proceso de declaración de responsabilidad se produce en el marco de un juicio civil, dado que la Superintendencia de Sociedades no tiene competencia para conocer estas acciones, según la Ley 1116 de 2006. Es el juez civil quien debe evaluar la demanda presentada. El acreedor requerirá presentar prueba de la existencia de la deuda y la omisión por parte del promotor o administrador. Si se establece responsabilidad, se podrán exigir reparaciones por los daños causados al acreedor debido a la exclusión del crédito.
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